¿NUBES MISTERIOSAS?

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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #156 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:01:27 pm »
Cita de: Miraalcielo en Hoy a las 15:35:09
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Tengo un MOON Newton de ø130mm y f900mm, si quieres te puedo decir hasta la matrícula de los aviones que pasan y lo que se está tomando el piloto en esos momentos.

Mammatus, supongo que a ti no te lo puedo pedir, por tanto ¿Sabes de álguien que tenga un MOON Newton de ø130mm y f900mm en Barcelona?. Te agradeceria me lo dijeras, encantado se lo alquilaría o lo que fuera, solo para ver si tienen matrícula esos aviones.



Pues claro que tienen matrícula, yo trabajo en los aeropuertos y te puedo decir que todavía no he visto ningún avión sin matrícyla, y te vuelvo a repetir que si volasen sin ningún control, los accidentes aéreos serían la primera noticia del telediario todos los días...
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #157 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:02:09 pm »
Aquí no hay detractores de nada, los detractores sois vosotros, los que tenéis que demostrar que eso no son estelas de vapor y de sublimación sois vosotros, no lo contrario. No confundamos los términos, ok?.

Otra pregunta, ¿Por qué, según vosotros, se está haciendo todo este auto-rociado de veneno a la raza humana? ¿Cuál es el objetivo final?

PD: Un detallito, para que veáis lo poco controlado que está el espacio aéreo, el viernes hice un vuelo de Madrid a San Javier (Murcia) con la avioneta a 8.000 pies (2.400 metros) de altitud.

El vuelo duró 3 horas y estabamos controlados por radar en todo momento, es decir en la pantalla del controlador le salía mi numero de vuelo, mi altitud, mi rumbo, etc.... hubo un pequeño momento de despiste y bajé unos 100 pies de mi altitud y me desvié unos 10º de mi rumbo, y le faltó tiempo al controlador para llamarme y decirme que chequease mi altitud y mi rumbo.

Moraleja, el control que se lleva de los vuelos es al milímetro, si cada uno fuese a la altitud que quisiese y con el rumbo quisiese, habría accidentes aéreos cada día. Aparte, en ningún momento escuché al resto de aviones ni a los controladores hablar en clave para que le diesen al botoncito dichoso de "exterminar a la raza humana", como según vosotros estáis tan seguros de que existe.

un saludo
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #158 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:06:08 pm »
Bla bla bla, pero nadie en Barcelona se asoma a la ventana, ¡NO PARAN!, ahora mismo dos, haciendo una estela paralela a otro que han hecho hace un ratito, y otro y otro. El cielo lleno de cruces, rombos y lineas paralelas. NO VAN AL AEROPUERTO, POR DIOS QUE LO VERIFIQUE ÁLGUIEN MAS.

Claro que no van al aeropuerto, van a su destino y por algún sitio tendrán que pasar, no? Generalmente, por encima de otros aeropuertos, que es donde están las radioayudas a la navegación, no? o que pasa, que si pasan por encima de Barcelona ya tienen que aterrizar ahi? no por diós, no. Por favor algo de cordura en este tópic, que esto ya clama al cielo... nunca mejor dicho...jejeje ;D.
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #159 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:13:09 pm »
Somos los mismos que no se creen que la guerra de Irak sea por las armas de destrucción masiva, sino por otras razones, somos los mismos que no se creen que la muerte de Lady Di fuera un accidente, por ejemplo, los mismos que creen que los medios de comunicación "oficiales" no siempre dicen la verdad o la dicen a su manera, y (venga te lo pondré facil para que debatas) los mismos que creen que los OVNIS

No perdona, LOS MISMOS NO, yo creo también en esa lista de "cosas" que has puesto, en cambio, no creo para nada en tu teoría de las fumigaciones. Así que no barras para casa lo que te interesa.

Las estelas de hoy en todo el NE de españa son normales ya que a 500 hpa hay bastante humedad. No solamente las ves tu en BCN, se ven en TODO el NE de la península, en los pirineos, cualquier alpinista de la zona oriental de los Pirineos te puede confirmar que está viendo estelas, incluso los cruceros que van a Marsella.

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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #160 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:24:27 pm »
Vamos a ver Miraalcielo, según tú, esas nubes misteriosas son sustancias nocivas que están expulsando los pilotos de los aviones en complot con los gobiernos, y los controladores de tránsito aéreo,etc, etc.... no es así? y además estás convencido de ello que es un plan para exterminar a la raza humana (ya hay que ser idiota para tirar mierda que luego te va a caer encima, pero bueno, aceptamos pulpo, y menudos hijos de la gran puta son esos pilotos, que les tienen que haber hecho un lavado de cerebro que te cagas para que le den al botoncito y exterminen a sus propios hijos y seres queridos, no?), pues a lo que voy , si yop me sintiese agredido, iría directamente al juzgado de guardia mas cercano..y no estaría en un foro de meteorología pataleando por algo de lo ya te han explicados expertos la causa de su formación, en fin.....como se dice en mi tierra "que cada perrico se lama su pijico"....
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #161 en: Domingo 07 Agosto 2005 16:49:03 pm »
Buf, vais muy rápidos amigos, ¡Vaya vicio!.

Mammatus, dices:

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yo creo también en esa lista de "cosas" que has puesto, en cambio, no creo para nada en tu teoría de las fumigaciones.

Vaya, a lo mejor no estamos tan lejos. Ya sé lo que va a ser, que tu sabias (o intuias, porque no se pueden probar) cosas como los OVNIS y otros y NO SABIAS nada de los chemrails. Eso va a ser.


Lo que tu digas.

Tus últimos comentarios rayan lo ridículo y maleducado, y que yo sepa, llevo unas ultimas respuestas hacia ti (desde hace bastantes días), con bastante educación y paciencia (que reconozco que me está costando)

Los dicho, tu te quejabas días atras del sarcasmo y cinismo de algunos, pues aplicate el cuento.

Que te vaya bonito en la vida, eso si, ponte mascarilla.

PD: MeteoJesus, te dejo solo colega. Al igual que Mario22, Spissatus, JoseV, Jiloca y muchos mas, esto me ha agotado, y cuando encima te intentan chulear con comentarios como el que cito, cabrea, así que me voy a pegar puñetazos a una pered, para no liarla de otra forma.

 :-*
« Última modificación: Domingo 07 Agosto 2005 17:00:21 pm por MeteoValència »

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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #162 en: Domingo 07 Agosto 2005 17:06:09 pm »
Si Miraaalcielo, (...) que sacas de quicio a cualquiera...y no solo eso es que ademas ( ... ) o no entiendes el idioma español, por que está bien clarito todo, joder, ESTA TODO MUY CLARITO, ale a mirar al cielo y dá la alerta ROJA de que hay estelas, eso sí, no salgas sin la mascarilla....

Adeu.
« Última modificación: Domingo 07 Agosto 2005 17:13:07 pm por MeteoValència »
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #163 en: Domingo 07 Agosto 2005 17:39:27 pm »
ale, ves leyendo un poco miraalcielo, a ver si te aclaras....

Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.El Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 73/1992, de 31 de enero, en desarrollo de la Ley 48/1960, de 21 de junio, de Navegación Aérea, ha sido objeto de diversas modificaciones derivadas de los cambios introducidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en los anexos al Convenio de Chicago y de la necesidad de adaptar las operaciones de vuelo a las innovaciones técnicas producidas en materia de aeronavegación. En efecto, de conformidad con la habilitación otorgada por la disposición final primera del citado Real Decreto, según la redacción dada por el Real Decreto 1397/1993, el vigente Reglamento de Circulación Aérea ha sido objeto de diversas modificaciones de carácter técnico realizadas por las Órdenes del Ministro de la Presidencia de 20 de diciembre de 1993, de 12 de marzo de 1997 y de 7 de mayo de 1998.

Por otra parte, el Real Decreto 1981/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece el Servicio de Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS), incorporó al citado Reglamento la Circular 211-AN/128 de la OACI.

En la actualidad, es preciso modificar el Reglamento de Circulación Aérea para su adaptación a las enmiendas que la citada Organización de Aviación Civil Internacional ha introducido en los anexos 2, 10, 11 y 15 OACI relativos, respectivamente, al “Reglamento del Aire”, “Telecomunicaciones Aeronáuticas”, “Servicios de Transporte Aéreo” y “Servicios de Información Aeronáutica”, así como en los Documentos 4444 (Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea y 7030 (Procedimientos Suplementarios Regionales).

Además, es obligado adecuar el Reglamento de Circulación Aérea a la nueva redacción dada al artículo 145 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea por el artículo 63 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, para hacer posible la dispensa del plan de vuelo, requisito exigible para volar dentro del espacio aéreo español, en algunos supuestos.

De otro lado, es necesario regular en el ámbito nacional la adaptación de las operaciones de vuelo a las innovaciones técnicas que se han producido para lograr un mejor aprovechamiento del espacio aéreo, un mejor uso de los medios de control disponibles y, en definitiva, conseguir, dentro de los márgenes de seguridad establecidos, el aumento de capacidad del sistema de control de tránsito aéreo.

En esa línea, se regula el vuelo VFR entre la puesta y la salida del sol, así como la operación de aviones monomotores de transporte aéreo comercial con motor de turbina durante la noche y en condiciones meteorológicas instrumentales.

También, finalmente, obliga a la adaptación del Reglamento de Circulación Aérea la reciente aprobación del Real Decreto 220/2001, de 2 de marzo, por el que se determinan los requisitos exigibles para la realización de las operaciones de transporte aéreo comercial por aviones civiles.

Las incorporaciones y adaptaciones indicadas, exigen la modificación de los Libros I (Definiciones y abreviaturas), II (Reglamento del Aire), III (Servicios de Tránsito Aéreo), IV (Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea), VII (Requisitos para la Operación de Aeronaves) y VIII (Servicio de Información Aeronáutica) y la mayoría de los apéndices (A, B, C, D, F, J, L, N, Q, S, T, V, X e Y) del Reglamento de Circulación Aérea en vigor, así como la inclusión de un nuevo Libro X sobre “Telecomunicaciones aeronáuticas”.

Teniendo en cuenta el volumen y alcance jurídico de la modificación que se pretende realizar ahora y que el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el Real Decreto 73/1992, de 31 de enero, ha sido ya objeto de importantes modificaciones en los nueve años transcurridos desde esa fecha, es preciso aprobar un nuevo Reglamento de Circulación Aérea, cuyo contenido comprende todas las modificaciones introducidas en el pasado y las que se incorporan en este momento.

Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre los Ministerios de Defensa y Fomento en materia de aviación, y en la Orden de Presidencia del Gobierno de 8 de noviembre de 1979 por la que se crea la Comisión Interministerial de Defensa y Transportes (CIDETRA), modificada por la Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de febrero de 1985, este Real Decreto debe ser propuesto conjuntamente por los Ministros de Defensa y de Fomento.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y de Fomento, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de enero de 2002, dispongo:

Artículo único

Aprobación del Reglamento de Circulación Aérea.

Se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea y sus apéndices que figuran como anexo a este Real Decreto.

Disposiciones adicionales
Disposición adicional única

Aplicación del Reglamento de Circulación Aérea a las operaciones de transporte aéreo comercial por aviones civiles

1. Lo dispuesto en los Libros II, VI y VII del Reglamento de Circulación Aérea, así como en los apéndices C, E, O e Y, será de aplicación en lo que no se oponga a lo establecido en el Real Decreto 220/2001, de 2 de marzo, por el que se determinan los requisitos exigibles para la realización de las operaciones de transporte aéreo comercial por aviones civiles.

2. Las remisiones que en otros Libros y apéndices del Reglamento de Circulación Aérea se hagan a los Libros y apéndices indicados en el apartado 1 se entenderán hechas, cuando proceda, a las correspondientes reglas JAR-OPS 1 incluidas en el anexo al Real Decreto 220/2001.

Disposiciones derogatorias
Disposición derogatoria única

Derogación normativa

Queda derogado el Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por Real Decreto 73/1992, de 31 de enero, y, en general, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.

Se derogan, asimismo, los apéndices K, M, O y R del Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Decreto 3063/1965, de 16 de junio.

Disposiciones finales
Disposición final primera

Modificaciones de carácter técnico

Se faculta a los Ministros de Defensa y de Fomento para introducir, con sujeción a lo dispuesto en la Orden de la Presidencia del Gobierno de 8 de noviembre de 1979, por la que se crea la Comisión Interministerial prevista en el artículo 6º del Real Decreto-ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre los Ministerios de Defensa y de Fomento en materia de aviación, cuantas modificaciones de carácter técnico fuesen precisas para la adaptación de las operaciones de vuelo a las innovaciones técnicas que se produzcan, y especialmente a lo dispuesto en la normativa contenida en los anexos OACI y en los tratados y convenios internacionales de los que España sea parte.

Disposición final segunda

Entrada en vigor

Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #164 en: Domingo 07 Agosto 2005 17:39:53 pm »














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Re: ¿NUBES MISTERIOSAS?
« Respuesta #165 en: Domingo 07 Agosto 2005 17:47:36 pm »
Toma lee un poco, que el que no se entera de NADA de NADA, eres tu...

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Programas de navegación aérea 
 
  El constante incremento del tráfico aéreo europeo y la falta de capacidad de las principales rutas aéreas y aeropuertos disminuyen las prestaciones ofrecidas a los usuarios del transporte aéreo, constituyendo una de las mayores preocupaciones en este sector.

España, como miembro de EUROCONTROL y OACI, participa activamente en la búsqueda de las mejores soluciones, tanto técnicas como de optimización de los recursos disponibles para eliminar las deficiencias actuales y avanzar en la obtención del mayor desarrollo posible del sistema del transporte aéreo nacional e internacional.
     


La tendencia hacia la globalización de los servicios de gestión del tránsito aéreo (ATM), ha propiciado la creación de diversos y complejos programas de investigación y desarrollo (I+D), auspiciados por organismos internacionales como OACI, la Unión Europea y EUROCONTROL. España, a través de la DGAC, Aena, y numerosas industrias y empresas del sector aeronáutico, colaboran en estas actividades que permitirán desarrollar el futuro sistema europeo de gestión del tránsito aéreo (EATMS).

La Subdirección General de Sistemas de Navegación Aérea y Aeroportuarios (SGSNAA) perteneciente a la DGAC, participa en el estudio y evaluación de los grandes programas estratégicos de desarrollo de los futuros sistemas de navegación aérea, concertando y coordinando en ciertos casos las actuaciones a realizar para su implantación efectiva y oportuna, de acuerdo a los intereses y directrices establecidas por el Ministerio de Fomento para la planificación y desarrollo del sistema del transporte aéreo en España.

Entre los principales programas y estrategias para la modernización de los sistemas de navegación aérea que contribuirán al aumento de la seguridad y eficiencia del transporte aéreo, se pueden destacar:

Estrategia ATM 2000+ Programa COSPAS-SARSAT
Programa RVSM Programa ACAS
Programa ADS Navegación de Área (RNAV)
Separación 8,33 Khz Galileo

La información contenida en la pagina web de programas de navegación aérea tiene como objetivo fundamental dar una orientación y perspectiva general de los programas de navegación aérea más relevantes. Téngase igualmente en cuenta que en muchos de los casos se trata de previsiones de actuaciones o planificaciones cuya concreción real puede variar en relación con lo indicado en esta página web.

Información urgente sobre actuaciones en materia de programas de navegación aérea y otros aspectos de especial interés:

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